Articulo 2 Turismo de C León
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Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Vigente

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1. Las disposiciones de esta ley se aplicarán a.

a) Las administraciones públicas, organismos autónomos, entes públicos de derecho privado, empresas públicas y otras entidades del sector público que ejerzan su actividad en el territorio de la Comunidad de Castilla y León en materia de turismo, sin perjuicio de las competencias de la administración General del Estado.

b) Los turistas, entendiendo por tales las personas que utilizan los establecimientos, instalaciones, productos y recursos turísticos, o reciben los bienes y servicios que les ofrecen las empresas turísticas, los profesionales turísticos o las entidades turísticas no empresariales.

c) Las empresas turísticas que se establezcan o presten sus servicios en régimen de libre prestación en la Comunidad de Castilla y León. Se entiende por empresas turísticas, las personas físicas y jurídicas que, en nombre propio y de manera habitual y con ánimo de lucro, se dedican a la prestación de algún bien o servicio turístico. d) Las entidades turísticas no empresariales; entendiendo por tales aquellas entidades que, sin ánimo de lucro, tienen por objeto promover de alguna forma el desarrollo del turismo o de actividades turísticas determinadas.

2. Asimismo, está ley será de aplicación a:

a) Las profesiones turísticas cuyo acceso y ejercicio se efectúen en la Comunidad de Castilla y León; entendiendo por tales las que realicen de manera habitual y retribuida actividades de orientación, información y asistencia en materia de turismo, y otras que reglamentariamente se determinen como tales.

b) Los establecimientos físicos en los que ejerzan su actividad los prestadores de servicios de alojamiento turístico o de restauración.

c) Las actividades de intermediación turística, de turismo activo y otras actividades turísticas no vinculadas a un establecimiento físico, así como a las actividades turísticas complementarias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-12-2010 en vigor desde 20-03-2011