Articulo 2 Transparencia y buen gobierno

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Artículo 2. Principios rectores de la ley

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La interpretación y aplicación de la presente ley se regirán por los siguientes principios:

a) Principio de transparencia, por el cual toda la información pública es accesible y relevante, y toda persona tiene acceso libre y gratuito a la misma, exceptuando las únicas salvedades previstas en la ley.

b) Principio de accesibilidad universal de la información pública, de modo que tanto la información como los instrumentos y herramientas empleados en su difusión sean comprensibles, utilizables y localizables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad, así como de la forma más autónoma y natural posible.

c) Principio de participación ciudadana, considerando como objetivo final de los mecanismos descritos en la ley la provisión a la ciudadanía de la información necesaria para ejercer su derecho fundamental a la participación en los asuntos públicos.

d) Principio de veracidad, en virtud del cual la información pública será cierta y exacta, garantizando que procede de documentos con respecto a los cuales se ha verificado su autenticidad, fiabilidad, integridad, disponibilidad y cadena de custodia.

e) Principio de responsabilidad, que supone que las entidades sujetas a lo dispuesto en la presente ley son responsables del cumplimiento de sus prescripciones.

f) Principio de no discriminación tecnológica ni lingüística, que supone que las entidades sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley arbitrarán los medios necesarios para poner a disposición de la ciudadanía la información pública en la lengua y a través del medio de acceso que la ciudadanía elija.

g) Principio de reutilización de la información, facilitando la difusión de la misma en formatos abiertos para que la ciudadanía pueda aprovechar, para sus actividades, los documentos y datos publicados.

h) Principios de integridad, honestidad, imparcialidad, objetividad y respeto al marco jurídico y a la ciudadanía en lo relativo a la actuación de las personas que ocupen altos cargos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-02-2016 en vigor desde 06-03-2016