Articulo 2 TR. de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 2. Aspectos de la actividad urbanística.
Vigente
La actividad urbanística se referirá a los siguientes aspectos:
a) Planeamiento urbanístico.
b) Ejecución del planeamiento.
c) Intervención del ejercicio de las facultades dominicales relativas al uso del suelo y edificación.
d) Intervención en la regulación del mercado del suelo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-06-1992 en vigor desde 01-07-1992