Articulo 2 TR de las disposiciones legales vigentes en murcia en materia de tributos cedidos
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Articulo 2 TR. de las disposiciones legales vigentes en murcia en materia de tributos cedidos

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Artículo 2.- Tarifa autonómica. Escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1.b) de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, y el artículo 74 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de No Residentes y sobre el Patrimonio, se aprueba la escala autonómica de tipos de gravamen aplicable a la base liquidable general, de conformidad con lo establecido en la normativa estatal reguladora del impuesto, que será la siguiente:

Base liquidable Cuota íntegra Resto b. liquidable Tipo aplicable
Hasta euros Euros Hasta euros Porcentaje
0 0 12.450,00 9,50
12.450,00 1.182,75 7.750,00 11,20
20.200,00 2.050,75 13.800,00 13,30
34.000,00 3.886,15 26.000,00 17,90
60.000,00 8.540,15 en adelante 22,50

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