Articulo 2 sobre la marca...ón Europea

Articulo 2 sobre la marca de la Unión Europea

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 2. Oficina

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Se crea una Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (en lo sucesivo, la «Oficina»).

2. Todas las referencias en el Derecho de la Unión a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) se entenderán hechas a la Oficina.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-06-2017 en vigor desde 06-07-2017