Articulo 2 Sistemas de aeronaves no tripuladas
Artículo 2. Ámbito de aplicación
1. El capítulo II del presente Reglamento es aplicable a los siguientes productos:
a) los UAS destinados a ser utilizados según las normas y condiciones aplicables a la categoría abierta de operaciones de UAS o a las declaraciones operacionales de la categoría específica de operaciones de UAS con arreglo al Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, salvo los UAS de construcción privada, y que lleven una etiqueta de identificación de clase de acuerdo con lo establecido en las partes 1 a 5, 16 y 17 del anexo del presente Reglamento que indique a cuál de las siete clases de UAS contempladas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 pertenecen;
b) los kits de accesorios de la clase C5 con arreglo a la parte 16;
c) los accesorios de identificación a distancia con arreglo a la parte 6 del anexo del presente Reglamento.
2. El capítulo III del presente Reglamento es aplicable a los UAS utilizados según las normas y las condiciones aplicables a las categorías de operaciones de UAS certificada y específica con arreglo al Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, salvo cuando tales operaciones se efectúen conforme a una declaración.
3. El capítulo IV del presente Reglamento es aplicable a los operadores de UAS que tengan su centro de actividad principal, estén establecidos o residan en un tercer país, si tales UAS son utilizados en la Unión.
4. El presente Reglamento no es aplicable a los UAS destinados a ser utilizados exclusivamente dentro de edificios.
- Modificación realizada (2 (apdos. 1 y 2)) por Reglamento Delegado (UE) 2020/1058 de la Comisión de 27 de abril de 2020 por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2019/945 en lo que respecta a la introducción de dos nuevas clases de sistemas de aeronaves no tripuladas
(DC de 20-07-2020) en vigor desde 09-08-2020 - Artículo modificado por Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2019/945 de la Comisión, de 12 de marzo de 2019, sobre los sistemas de aeronaves no tripuladas y los operadores de terceros países de sistemas de aeronaves no tripuladas ( DO L 152 de 11.6.2019 )
(DC de 19-06-2019) en vigor desde 01-07-2019