Articulo 2 Requisitos para garantizar la seguridad de redes y servicios 5G
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Articulo 2 Requisitos para garantizar la seguridad de redes y servicios 5G

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Artículo 2. Objetivos.

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Este real decreto-ley persigue los siguientes objetivos:

a) Impulsar una seguridad integral del ecosistema generado por la tecnología 5G.

b) Reforzar la seguridad en la instalación y operación de las redes de comunicaciones electrónicas 5G y en la prestación de los servicios de comunicaciones móviles e inalámbricas que se apoyen en las redes 5G.

c) Promover un mercado de suministradores en las redes y servicios de comunicaciones electrónicas 5G suficientemente diversificado en aras de garantizar la seguridad basada en razones técnicas, estratégicas y operativas y evitar, por dichas razones, la presencia de suministradores con una calificación de alto riesgo o de riesgo medio en determinados elementos de red o ámbitos.

d) Reforzar la protección de la seguridad nacional.

e) Fortalecer la industria y fomentar las actividades de I+D+i nacionales en ciberseguridad relacionadas con la tecnología 5G.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-03-2022 en vigor desde 31-03-2022