Articulo 2 Reglamento del...Desarrollo

Articulo 2 Reglamento del Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo

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Artículo 2. Régimen jurídico.

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Los procedimientos de inscripción, modificación y cancelación se regirán por lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el presente Reglamento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-04-2015 en vigor desde 08-04-2015