Articulo 2 Reglamento de ...o Nacional

Articulo 2 Reglamento de la Ley 23/1982, de Patrimonio Nacional

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 2.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El domicilio del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional estará, a todos los efectos, en Madrid.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-04-1987 en vigor desde 03-05-1987