Articulo 2 Reglamento General de Recaudación
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»Artículo 2. Régimen legal.
Vigente
La gestión recaudatoria de la Diputación Foral de Álava y de sus Organismos Autónomos Forales se regirá:
a) Por la Norma Foral General Tributaria de Álava y la Norma Foral de Régimen Económico y Presupuestario del Territorio Histórico de Álava.
b) Por las normas que regulan los tributos y demás recursos objeto de la gestión recaudatoria.
c) Por los tratados, acuerdos, convenios y demás normas internacionales o emanadas de entidades internacionales o supranacionales, aplicables a dicha gestión que sean aplicables en función de lo establecido en el Concierto Económico.
d) Por el presente Reglamento y sus normas de desarrollo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-06-1994 en vigor desde 30-06-1994