Articulo 2 Reglamento para la ejecución de la Ley 2/1988, de Conservación de Sue... Vegetales Naturales
Articulo 2 Reglamento par... Naturales

Articulo 2 Reglamento para la ejecución de la Ley 2/1988, de Conservación de Suelos y Protección de Cubiertas Vegetales Naturales

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Artículo 2.

Vigente

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La competencia para la aplicación del presente Reglamento corresponde a la Consejería de Agricultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la Dirección General de Montes, Caza y Pesca y de sus servicios correspondientes en las Delegaciones Provinciales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-06-1990 en vigor desde 28-06-1990