Articulo 2 Reglamento del...Territorio

Articulo 2 Reglamento del Consejo de Ordenación del Territorio

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Artículo 2. Naturaleza

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El Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón es el órgano colegiado de tipo representativo y con funciones consultivas dispuesto para la coordinación de los intereses territoriales públicos y privados que confluyen en el territorio de la Comunidad Autónoma.

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  • Texto Original. Publicado el 20-07-2010 en vigor desde 21-07-2010