Articulo 2 Recuperación de la memoria democrática
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»Artículo 2. Ámbito.
Vigente
1. El ámbito de la presente ley es el del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja o de personas originarias del mismo.
2. El ámbito temporal al que se refiere la recuperación de la memoria democrática que es objeto de la presente ley comprende desde el golpe de Estado del 18 de julio de 1936, la Guerra Civil y la Dictadura franquista y la Transición hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1978.