Articulo 2 reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral
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»Artículo 2. Concepto.
Vigente
A los efectos del presente real decreto, se entiende por procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales el conjunto de actuaciones dirigidas a evaluar y reconocer estas competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-08-2009 en vigor desde 26-08-2009