Articulo 2 Puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales
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Articulo 2 Puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales

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Artículo 2. Clasificación de puestos tipo a efectos del complemento general de puesto

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A efectos del complemento general de puesto, los puestos de trabajo que integran las oficinas judiciales y los servicios no jurisdiccionales se clasificarán en los siguientes tipos, teniendo en cuenta los grupos de población recogidos en el anexo I de este real decreto:

- Tipo I. Puestos adscritos a unidades de oficinas judiciales situadas en localidades del Grupo 1 de población.

- Tipo II. Puestos adscritos a unidades de oficinas judiciales situadas en localidades del Grupo 2 de población.

- Tipo III. Puestos adscritos a unidades de oficinas judiciales situadas en localidades del Grupo 3 de población.

- Tipo IV. Puestos adscritos a unidades de oficinas judiciales de los Grupos Primero y Segundo del artículo 78 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado por Real Decreto 1608/2005, no incluidos en los grupos de población anteriores.

- Tipo V. Puestos adscritos a unidades de oficinas judiciales del Grupo Tercero del artículo 78 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado por Real Decreto 1608/2005.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-01-2010 en vigor desde 21-01-2010