Articulo 2 Presupuestos 2019 Cantabria
Artículo 2. Créditos iniciales.
Uno. Para la ejecución de los programas integrados en el estado de gastos del Presupuesto del párrafo a), del artículo anterior, se aprueban créditos por importe de DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES euros (2.850.999.773 €) cuya distribución por política de gastos es la siguiente:
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Dos. Se aprueban los estados de gastos de los presupuestos limitativos de los Organismos Autónomos y Entidades Autonómicas con los créditos necesarios para atender al cumplimiento de sus obligaciones, recogiéndose en sus estados de ingresos las estimaciones de los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio. El importe de los créditos por Organismo Autónomo y Entidad son los siguientes:
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Tres. Se aprueban los presupuestos de las entidades del sector público institucional y resto de entes de derecho público del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que recogen sus estimaciones de gastos y previsiones de ingresos.
Cuatro. Como resultado de las consignaciones de créditos que se han detallado en los apartados anteriores, el Presupuesto consolidado para el año 2019 de la Comunidad Autónoma de Cantabria asciende a DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTIÚN euros (2.853.763.321 €).