Articulo 2 Presupuestos 2012 Canarias

Articulo 2 Presupuestos 2012 Canarias

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 2. - De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes con presupuesto limitativo.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Para la ejecución de los estados de gastos de los presupuestos de los entes mencionados en los apartados 1, 2 y 3 del artículo anterior se aprueban créditos por importe de 9.835.167.269,00 euros, de los cuales 2.632.221.809,00 euros corresponden a transferencias internas entre los citados entes, según la distribución por secciones, programas y capítulos detallada en el anexo 3 de esta ley. La agrupación por funciones de estos créditos, expresados en euros, es la siguiente.

Este documento contiene un PDF, para descargarlo pulse AQUI

2. Estos créditos se distribuyen económicamente, entre los distintos entes y, expresados en euros, según el siguiente desglose:

Este documento contiene un PDF, para descargarlo pulse AQUI

3. Los créditos aprobados en el apartado 1 del presente artículo, que ascienden a 9.835.167.269,00 euros, se financiarán, según el detalle por subconceptos incluido en el anexo 3 de la presente ley, con:

a) Los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, que se estiman en 7.202.945.460,00 euros.

b) Las transferencias internas entre los distintos entes, que ascienden a 2.632.221.809,00 euros.

El desglose por entes y por capítulos económicos, expresado en euros, es el siguiente:

Este documento contiene un PDF, para descargarlo pulse AQUI

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 01-01-2012