Articulo 2 Normas de unif...rdia Civil

Articulo 2 Normas de uniformidad de la Guardia Civil

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Artículo 2. Ámbito personal de aplicación.

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La presente orden resulta de aplicación a:

a) El personal de la Guardia Civil, en cualquiera de las situaciones administrativas en que se encuentre.

b) El alumnado de los centros docentes de formación de la Guardia Civil que curse la enseñanza de formación para la incorporación por acceso directo a la escala de oficiales y a la escala de cabos y guardias.

c) El personal que, habiendo pertenecido a la Guardia Civil, haya cesado en la relación de servicios profesionales con el Cuerpo por haber pasado a retiro.

d) El personal del Cuerpo de Músicas Militares que se encuentre destinado o prestando sus servicios en la Guardia Civil.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-03-2023 en vigor desde 24-03-2023