Articulo 2 Medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los c...oductores de cerezas
Articulo 2 Medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes y ayudas al acogimiento familiar, a nuevos autónomos y a productores de cerezas
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»Artículo 2. Modificación del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III y IV, para el periodo 2023-2024.
Vigente
1. Se incluye un nuevo punto 7 en el artículo 30, con el siguiente tenor literal:
"7. Además, en el Programa I una subvención de 960 euros que incrementará el importe correspondiente a las personas solicitantes en cualquiera de los grupos definidos en los apartados 3, 4 y 5 del presente artículo".
2. Se añade un nuevo punto 7 en el apartado quince de la disposición adicional única, con el siguiente tenor literal:
"7. Además, en el Programa I una subvención de 960 euros que incrementará el importe correspondiente a las personas solicitantes en cualquiera de los grupos definidos en los apartados 3, 4 y 5 del presente apartado".
Modificaciones
- Modificación realizada (2) por CORRECCIÓN de errores del Decreto-ley 4/2023, de 12 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes, se amplían las ayudas al acogimiento familiar, se incrementan las ayudas a los nuevos autónomos y se conceden ayudas directas a los productores de cerezas.
(DOE de 19-09-2023) en vigor desde 15-09-2023 - Texto Original. Publicado el 15-09-2023 en vigor desde 15-09-2023