Articulo 2 Medidas tribut...o regional

Articulo 2 Medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional

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Artículo 2. Modificación de la Ley 12/1984, de 27 de diciembre, de Imposición sobre juegos de suerte, envite o azar.

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Uno. Se modifica el artículo 5, que queda redactado de la siguiente forma.

"5. Constituye el hecho imponible del impuesto el pago de premios a los jugadores en el juego del bingo que deban ser abonados con cargo a la dotación económica de la bolsa acumulada, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo I del Reglamento del Juego del Bingo de la Región de Murcia, aprobado mediante Decreto n.º 194/2010, de 16 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo de la Región de Murcia y se modifica el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia".

Dos. Se modifica el artículo 6, que queda redactado de la siguiente forma:

"6. El impuesto se devengará al tiempo de hacer efectivos los premios a los jugadores."

Tres. Se modifica el artículo 8, que queda redactado de la siguiente forma:

"8. Constituye la base imponible del impuesto la cantidad entregada en concepto de premio abonado a los jugadores con cargo a la dotación económica de la bolsa acumulada."

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2012 en vigor desde 01-01-2013