Articulo 2 Medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo
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»Artículo 2. Coordinación administrativa.
Vigente
La Administración de la Comunidad y las administraciones locales de Castilla y León deben cooperar y coordinarse para asegurar la ejecución de las actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana y de las demás medidas previstas en esta ley.
a) En el ámbito de la Comunidad, mediante el establecimiento de un marco común normativo, financiero y de planificación.
b) En el ámbito de cada una de las áreas urbanas, priorizando la coordinación de las iniciativas municipales y la rentabilización de los servicios, dotaciones e infraestructuras ya existentes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-09-2014 en vigor desde 19-10-2014