Articulo 2 Medidas para l...del empleo

Articulo 2 Medidas para la inclusión social a través del empleo

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 2. Acciones y medidas.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


Las acciones y medidas previstas en el presente Decreto-ley se articularán mediante.

a) La aprobación del Plan de Inclusión a través del Empleo, que estará conformado por dos medidas:

1.ª El Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía.

2.ª El Programa Extraordinario de Inserción Sociolaboral, mediante la contratación de personas perceptoras del Ingreso Mínimo de Solidaridad, aprobado mediante el Decreto 2/1999, de 12 de enero, por el que se regula la creación del Programa de Solidaridad de los andaluces para la Erradicación de la Marginación y la Desigualdad en Andalucía.

b) La aprobación del Plan Extraordinario de Solidaridad de Andalucía, que estará conformado por dos medidas:

1.ª Programa Extraordinario para suministros mínimos vitales y prestaciones de urgencia social, destinado a cubrir de forma ágil las situaciones de contingencia económica urgente de las necesidades básicas que no puedan ser atendidas por las personas que se encuentran en exclusión social.

2.ª Ampliación de las Ayudas Económicas Familiares destinadas a garantizar las necesidades básicas de menores de unidades familiares en situación de grave riesgo de exclusión social.

c) La aprobación del Plan Extraordinario de Solidaridad y Garantía Alimentaria, que consta de tres líneas de actuación.

1.ª La primera línea de actuación está dirigida a promover la concienciación social y prácticas de consumo responsable, impulsar el voluntariado para la recogida y distribución de alimentos con fines solidarios y apoyar a las Entidades Locales para acciones de solidaridad alimentaria.

2.ª La segunda línea va dirigida a consolidar la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía creada mediante el Decreto-ley 7/2013, de 30 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión social en Andalucía, como una fórmula de cooperación de actuaciones de las distintas Administraciones Públicas y de las organizaciones, entidades y agentes sociales y económicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía relacionados con la solidaridad alimentaria.

3.ª La tercera línea de actuación está destinada a asegurar la garantía alimentaria a colectivos especialmente vulnerables y personas con escasos recursos económicos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-06-2014 en vigor desde 14-06-2014