Articulo 2 Medidas Fiscal...eneralitat

Articulo 2 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2001 de la Generalitat

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Artículo 2.

Vigente

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Se modifica el artículo 14 de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre, que queda redactado de la forma siguiente:

Artículo 14. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación por la Escuela Oficial de Turismo de la Generalitat de los servicios administrativos que se detallan en el apartado uno del artículo 17 de esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2001 en vigor desde 01-01-2002