Articulo 2 Medidas Financ...mpresarial

Articulo 2 Medidas Financieras y de Creación del Ente Público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 2. Modificación del artículo 2 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se modifica el artículo 2 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos cedidos por el Estado, que queda redactado de la siguiente forma:

«Artículo 2. Deducciones sobre la cuota íntegra autonómica.

Se establecen, sobre la cuota íntegra autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y en los términos previstos en los artículos 3 al 13 de esta ley, las siguientes deducciones:

Por familia numerosa.

Por nacimiento o adopción de hijos.

Por partos múltiples o adopciones simultáneas.

Por gastos de adopción.

Por cuidado de hijos menores.

Por cuotas a la Seguridad Social de empleados del hogar.

Por paternidad.

De los contribuyentes residentes en Castilla y León afectados por minusvalía.

Para el fomento del autoempleo de las mujeres y los jóvenes.

Por adquisición de vivienda por jóvenes en núcleos rurales.

Por inversión en instalaciones medioambientales y de adaptación a discapacitados en vivienda habitual.

Por alquiler de vivienda habitual.

Por cantidades donadas o invertidas en la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural de Castilla y León.

Por cantidades donadas a fundaciones de Castilla y León.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-12-2010 en vigor desde 01-01-2011