Articulo 2 Medidas Administrativas, Financieras y Tributarias
Artículo 2. Modificación de la Ley 14/2005, de 29 de diciembre, de ordenación del transporte de personas por carretera en Castilla-La Mancha.
La Ley 14/2005, de 29 de diciembre, de ordenación del transporte de personas por carretera en Castilla-La Mancha, se modifica en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el penúltimo párrafo de la Exposición de Motivos, que queda redactado de la siguiente forma:
"Por último, el Título V, se dedica íntegramente al régimen sancionador, remitiéndose las infracciones y sanciones administrativas a la normativa estatal prevista en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres".
Dos. Se modifica el artículo 54, que queda redactado de la siguiente forma:
"Artículo 54. Normativa de aplicación.
Se aplicará la normativa estatal sobre infracciones y sanciones administrativas en materia de transportes terrestres, prevista tanto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres como en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres".
Tres. Se suprimen los artículos 55, 56 y 57, quedando sin contenido.
Cuatro. Se suprime el capítulo III del título V (artículos 58 a 65), que queda sin contenido.