Articulo 2 Integridad y Ética Públicas
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»Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Vigente
La presente ley será de aplicación, de conformidad con lo previsto en la misma, al sector público de Aragón y al sector público autonómico en los términos definidos en el presente capítulo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-06-2017 en vigor desde 06-07-2017