Articulo 2 Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 2. El Presidente.
Vigente
El Presidente de la Comunidad ostenta la más alta representación de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como la ordinaria del Estado en el territorio de la misma, preside y dirige los órganos colegiados del Gobierno y coordina su actuación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-11-2003 en vigor desde 03-12-2003