Articulo 2 General de Hacienda Publica
Artículo 2. Sector público autonómico.
1. A los efectos de esta ley forman parte del sector público autonómico:
a) La Junta de Extremadura o Administración general de la comunidad.
b) La Asamblea de Extremadura y otras instituciones estatutarias, según lo establecido en el artículo 15 de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de Reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) El sector público institucional autonómico.
2. Integran el sector público institucional autonómico las siguientes entidades:
a) Los organismos públicos vinculados o dependientes de la Junta de Extremadura, los cuales se clasifican en:
1.º Organismos autónomos.
2.º Entidades públicas empresariales.
b) Las empresas públicas creadas a tenor de lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de Reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Las sociedades mercantiles autonómicas.
d) Los consorcios adscritos a la Comunidad Autónoma de Extremadura.
e) Las fundaciones del sector público autonómico.
f) Los fondos sin personalidad jurídica.
g) La Universidad de Extremadura.
3. Asimismo, forman parte del sector público autonómico las entidades clasificadas como Sector Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a efectos del Sistema Europeo de Cuentas, por el Comité Técnico de Cuentas Nacionales, creado por la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de Creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.
4. La aplicación de esta ley a la Asamblea de Extremadura se realizará sin perjuicio del régimen establecido en las normas que regulan su funcionamiento y de su autonomía presupuestaria. No obstante, se observará la coordinación necesaria para la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. La Ley de Presupuestos detallará las entidades que en cada ejercicio forman parte del sector público autonómico y que, por tanto, se integran en el presupuesto de la comunidad.
- Modificación realizada (2) por Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
(DOE de 09-04-2019) en vigor desde 09-05-2019 - Artículo modificado por LEY 2/2014, de 18 de febrero, de medidas financieras y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2014010002)
(DOE de 21-02-2014) en vigor desde 21-02-2014