Articulo 2 Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Cantabria
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Articulo 2 Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Cantabria

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Artículo 2. Exclusiones.

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Sin perjuicio del cumplimiento de las demás normas que les sean de aplicación, en particular las relativas a seguridad ciudadana, se excluyen expresamente del ámbito de esta ley:

a) Las actividades que supongan el ejercicio de derechos fundamentales en el ámbito laboral, político, religioso, sindical, empresarial o docente, así como los establecimientos que estén dedicados a dicho fin.

b) Los actos de naturaleza privada y carácter familiar que, por su contenido, no impliquen la organización o celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas previstas en la normativa de espectáculos.

c) Las instalaciones y actividades previstas en el catálogo del anexo de esta ley, que, por su ubicación, formen parte de la dotación de los elementos comunes de las comunidades de propietarios sujetas a la legislación de propiedad horizontal y estén dotadas de normas de uso interno, siempre que no estén abiertas a la pública concurrencia.

d) Los espectáculos públicos y las actividades recreativas que se realicen en el marco de actuaciones formativas, educativas o escolares, sean o no regladas, realizadas en centros de carácter académico o similar.

e) Actividades de turismo, excepto cuando afecte a un espectáculo o actividad recreativa.

f) Los espectáculos públicos y actividades recreativas que se desarrollen y discurran en aguas de dominio público, excepto los que tengan lugar en la zona marítimo terrestre o portuaria.

g) Los espectáculos públicos y actividades recreativas relacionadas con la navegación aérea.

h) Las actividades cinegéticas.

i) Los espectáculos públicos y actividades recreativas cuyo desarrollo discurra por más de una comunidad autónoma o por varios estados aunque en ambos casos, parte de su recorrido transcurra por la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-04-2017 en vigor desde 19-04-2017