Articulo 2 Educación de La Mancha

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Artículo 2. Finalidad.

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La finalidad de la Ley de Educación es garantizar un sistema educativo de calidad en condiciones de igualdad, respetuoso con los valores de la Constitución y con los derechos y libertades reconocidos en ella, que responda a las demandas de la sociedad actual y contribuya al desarrollo integral y a la formación científica, cultural, artística y a la convivencia democrática de los ciudadanos y las ciudadanas de Castilla-La Mancha.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-07-2010 en vigor desde 17-08-2010