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Articulo 2 Directriz de Protección del Suelo No Urbanizable

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Artículo 2. Naturaleza de la Directriz.

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La Directriz de Protección del Suelo No Urbanizable de La Rioja es un instrumento de ordenación territorial que tiene naturaleza reglamentaria, ya que se trata de una Directriz de Actuación Territorial, regulada en el capítulo III del título I de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, relativo a los instrumentos de ordenación territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja, cuya aprobación se realiza por Decreto del Consejo de Gobierno de La Rioja.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-05-2019 en vigor desde 18-06-2019