Articulo 2 Se determina el alcance de la prórroga presupuestaria en materia tributaria a partir del 1 de enero de 2024 y se aprueban determinadas medidas de Guipuzkoa
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»Artículo 2. Actualización de los valores catastrales.
Vigente
A efectos de lo previsto en el artículo 13 de la Norma Foral 12/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, se establece un coeficiente de actualización del 1,025 aplicable a partir de 1 de enero del año 2024 a los valores vigentes durante el año 2023.