Articulo 2 Desarrollo de la Ley 4/2014, con relación a los vehículos dedicados a la actividad de transporte público urbano e interurbano de viajeros en vehículos de turismo
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 2. Vehículos
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 1/2024, de 16 de febrero, de mejora de la regulación de los servicios de transporte con vehículos de hasta nueve plazas en las Illes Balears
(BOIB de 22-02-2024) en vigor desde 23-02-2024