Articulo 2 Decreto-ley8/2...endimiento

Articulo 2 Decreto-ley8/2013,de28demayo,deMedidasdeCreacióndeEmpleoyFomentodelEmprendimiento.

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Artículo 2. Programas e iniciativas de actuación.

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1. Las medidas de fomento del empleo que establece el presente decreto-ley se concretan en las siguientes líneas de ayudas.

a) Programa Bono de Empleo Joven.

b) Programa de Apoyo y Fomento del Trabajo Autónomo.

c) Programa de Apoyo a la Economía Social.

d) Programa de Becas de Internacionalización para técnicos superiores de formación profesional.

El Programa Bono de Empleo Joven se regulará en primer lugar por sus propias normas previstas en el Título II con carácter preferente y en lo en ellas no previsto por el Título VII del presente decreto-ley y por el resto de la normativa de subvenciones.

Los programas de Apoyo y Fomento del Trabajo Autónomo, de Apoyo a la Economía Social, y el Programa de Becas de Internacionalización para técnicos superiores de formación profesional, se articulan en régimen de concurrencia competitiva, estableciéndose un procedimiento general de concesión en el Título VII y su régimen específico en los Títulos III, IV y V, respectivamente.

2. Además se contemplan las siguientes iniciativas de actuación:

a) Iniciativa estratégica a favor de los territorios especialmente afectados por el desempleo, con la regulación prevista en el artículo siguiente.

b) Acción de Fomento de las Personas Emprendedoras.

c) Línea de atención preferente a personas desempleadas mayores de cuarenta y cinco años procedentes de expedientes extintivos de regulación de empleo del sector industrial.

La Acción de Fomento de las Personas Emprendedoras y la Línea de atención preferente a personas desempleadas mayores de cuarenta y cinco años procedentes de expedientes extintivos de regulación de empleo del sector industrial, se regularán respectivamente por lo dispuesto en los artículos 79 y 80, ambos incluidos en el Título VI.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-05-2013 en vigor desde 01-06-2013