Articulo 2 Criterios para calcular la capacidad económica con la finalidad de establecer la participación económica de las personas beneficiarias de las prestaciones a la dependencia
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 2. Cálculo de la capacidad económica
Vigente
1. La capacidad económica de las personas beneficiarias del SAAD es la correspondiente a su renta personal, de acuerdo con el artículo 33 de la Ley 39/2006.
2. Para calcular la capacidad económica de la persona beneficiaria se tendrán en cuenta las cargas familiares en caso de que la prestación reconocida sea la de un servicio del catálogo del SAAD, de acuerdo con lo que establece este Decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-07-2010 en vigor desde 04-07-2010