Articulo 2 Creación del Servicio Regional de Empleo
Artículo 2. Fines
1. El Servicio Regional de Empleo se constituye para la realización, orientada al pleno empleo estable y de calidad, de todas aquellas actividades de formación para el empleo y de intermediación en el mercado de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid dirigidas a facilitar a los trabajadores desempleados la obtención de un puesto de trabajo digno y adecuado y a facilitar a los empleadores la contratación de trabajadores con formación y experiencia adecuada a sus necesidades de producción de bienes y servicios, de manera pública y gratuita y en coordinación con otros organismos similares de ámbito regional, nacional o europeo, de tal manera que se garantice la igualdad de oportunidades para el empleo, la libre circulación de trabajadores, la unidad del mercado de trabajo y la igualdad de trato.
2. Asimismo, el Servicio Regional de Empleo tiene como finalidad la modernización del sistema de atención al demandante de empleo y la incorporación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
- Texto Original. Publicado el 11-07-2001 en vigor desde 11-07-2001