Articulo 2 Se corrigen er...bilitación

Articulo 2 Se corrigen errores en la de 13 de julio de 2022, por la que se publican las bases de concurso ordinario y convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados al personal funcionario de administración local con habilitación

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Rectificar en el Anexo II de la convocatoria del concurso ordinario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional correspondiente al año 2022, en el apartado de la relación de puestos de trabajo convocados en la Comunidad Valenciana, tal y como se reflejaba expresamente tanto en la Resolución de 2 de junio de 2022 de la Dirección General de Administración Local de la Presidencia de la Generalitat, por la cual se procede a la publicación de las bases y convocatorias del concurso ordinario del año 2022 para la provisión de puestos de trabajo reservados a los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional (DOGV de 14 de junio de 2022) como en los formularios a disposición de los y las concursantes en el procedimiento electrónico al que remite la Base tercera, en relación con los puestos correspondientes a la Intervención de clase 1.ª en los Ayuntamientos de Alzira, Tavernes de la Valldigna y Xàtiva, donde dice «Provincia: Alacant/Alicante» debe decir «Provincia: València/Valencia».

Esta corrección de errores no tiene efectos sobre el plazo de presentación de solicitudes.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante esta Dirección General, o recurso contencioso - administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10.1 i) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Madrid, 18 de agosto de 2022.- La Directora General de la Función Pública, María Isabel Borrel Roncalés.