Articulo 2 Se corrigen errores en la de 13 de julio de 2022, por la que se publican las bases de concurso ordinario y convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados al personal funcionario de administración local con habilitación
Segundo.
Rectificar en el Anexo II de la convocatoria del concurso ordinario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional correspondiente al año 2022, en el apartado de la relación de puestos de trabajo convocados en la Comunidad Valenciana, tal y como se reflejaba expresamente tanto en la Resolución de 2 de junio de 2022 de la Dirección General de Administración Local de la Presidencia de la Generalitat, por la cual se procede a la publicación de las bases y convocatorias del concurso ordinario del año 2022 para la provisión de puestos de trabajo reservados a los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional (DOGV de 14 de junio de 2022) como en los formularios a disposición de los y las concursantes en el procedimiento electrónico al que remite la Base tercera, en relación con los puestos correspondientes a la Intervención de clase 1.ª en los Ayuntamientos de Alzira, Tavernes de la Valldigna y Xàtiva, donde dice «Provincia: Alacant/Alicante» debe decir «Provincia: València/Valencia».
Esta corrección de errores no tiene efectos sobre el plazo de presentación de solicitudes.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante esta Dirección General, o recurso contencioso - administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10.1 i) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.
Madrid, 18 de agosto de 2022.- La Directora General de la Función Pública, María Isabel Borrel Roncalés.