Articulo 2 ciencia

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Artículo 2. Objetivos generales

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1. La investigación, el desarrollo, la transferencia y la innovación son consideradas actividades económicas prioritarias y de interés general, con impacto social, y con efectos sobre la actividad económica, el bienestar de la ciudadanía, y sobre el avance de la sociedad del conocimiento.

2. La presente ley sitúa la generación de conocimiento como elemento nuclear y como valor intrínseco y fundamento de la investigación. La generación de conocimiento debe conducir a la transmisión de los resultados a la sociedad y debe tener impacto sobre todos sus ámbitos, como garantía de innovación, sostenibilidad, competitividad, cohesión social, progreso y equilibrio y equidad territoriales.

3. La presente ley tiene como objetivos generales:

a) El fomento de la generación y la transferencia del conocimiento como estrategia que permita avanzar hacia un desarrollo económico más justo y sostenible, hacia una mejora del progreso social y hacia el fomento de la cultura científica de la sociedad.

b) El impulso de la investigación, el desarrollo y la innovación en todos los ámbitos del conocimiento.

c) El impulso de la transferencia y valoración del conocimiento y de la innovación en todos los sectores.

d) El desarrollo de la competitividad de la economía basada en el conocimiento, mediante la creación de entornos institucionales y económicos favorables que faciliten la innovación empresarial y su proyección internacional.

e) El fortalecimiento institucional del sistema de investigación, desarrollo e innovación y de los agentes que lo integran, mediante el fomento de todos los ámbitos de producción, transmisión y valoración de la investigación, y la coordinación institucional, el apoyo y la optimización de las acciones, la cooperación y la interacción de los agentes y estructuras de conocimiento y de apoyo a la investigación, con el fin de facilitar sus relaciones con otros agentes y estructuras de dentro y fuera de Cataluña.

f) El impulso de la paridad entre mujeres y hombres en todos los ámbitos del sistema de investigación, desarrollo e innovación y la incorporación de la perspectiva de género como categoría transversal en el sistema de conocimiento, incluyendo una investigación inclusiva y transformadora desde la perspectiva de la discapacidad y de transformación social, que debe ser una constante en todas las políticas públicas en Cataluña.

g) La contribución al desarrollo sostenible y al bienestar como uno de los retos centrales a los que la ciencia y la innovación deben dar respuesta.

h) El apoyo y reconocimiento a los investigadores, al personal tecnólogo y técnico de apoyo a la investigación y la innovación, al personal de administración con funciones de colaboración y asistencia en investigación, desarrollo e innovación, y a las demás personas que realizan la labor profesional al servicio de la ciencia, que contribuyen a generar las condiciones más adecuadas para facilitar la investigación, el desarrollo y la innovación, potenciar su difusión y el aprovechamiento de los resultados obtenidos, y aportar nuevo valor estratégico.

i) El impulso de la transferencia del conocimiento y la innovación para garantizar la mejora del conocimiento y la conexión entre los agentes y las estructuras de investigación, desarrollo e innovación y el tejido productivo, así como la cooperación entre diferentes agentes y empresas basadas en la investigación y el conocimiento propios.

j) La promoción, con plena garantía de la igualdad de género, la igualdad de trato y la no discriminación, de los investigadores, del personal tecnólogo y técnico de apoyo a la investigación y el personal de administración con funciones de colaboración y asistencia en investigación, desarrollo e innovación, mediante procesos de formación, consolidación, captación, retención y retorno de talento.

k) El esfuerzo económico público en investigación e innovación sostenido en el tiempo que garantice la estabilidad de los agentes del sistema de investigación, desarrollo e innovación.

l) El avance progresivo hacia un modelo de inversión en investigación, desarrollo e innovación con consenso y planificación estratégica que integre componentes públicos y privados proporcionales y comparables a los países líderes en investigación científica de referencia para Cataluña.

m) Impulsar un modelo de ciencia abierta, promoviendo iniciativas orientadas a garantizar el libre acceso a los datos y los documentos científicos, y fomentar la participación activa de la ciudadanía y de las organizaciones de la sociedad civil en el diseño de las políticas públicas de la Generalitat en investigación, desarrollo e innovación.

n) El refuerzo del uso de la evidencia científica en la generación, el impulso y la evaluación de políticas públicas, de cualquier ámbito, mediante la mejora de la conexión y la cooperación entre los agentes de investigación, desarrollo e innovación y los decisores públicos.

o) Impulsar la cultura científica y técnica en el conjunto de la sociedad, fomentando la formación y la divulgación.

p) Incrementar y difundir el patrimonio científico, cultural y lingüístico de Cataluña y su proyección exterior en ámbitos internacionales de interés estratégico.

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