Articulo 2 (Calendario de...Cantabria)

Articulo 2 (Calendario de fiestas laborales para el año 2023 en el ámbito de la CCAA de Cantabria)

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Artículo segundo.-

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De conformidad con el número tres, párrafo segundo, del artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, modificado por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, se establecen como fiestas propias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, por su carácter simbólico y tradicional, 28 de julio, Día de las Instituciones de Cantabria, y el 15 de septiembre, festividad de La Bien Aparecida.

El día 28 de julio, Día de las Instituciones de Cantabria se fija en sustitución del descanso en lunes de la fiesta nacional 1 de enero, Año Nuevo, coincidente en domingo.

El día 15 de septiembre, La Bien Aparecida, se fija en sustitución de la fiesta prevista en último término en el artículo 45.1.d) del referido Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, esta es, "19 de marzo, San José, o 25 de julio, Santiago Apóstol".