Articulo 2 Cálculo de calificación a figurar en credenciales de convalidación por 1º de Bachillerato y de homologación de títulos extranjeros al título de Graduado/a en ESO y al de Bachiller español
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»Segundo.
Vigente
Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial para la actualización del anexo I de las instrucciones aprobadas por esta resolución, que serán publicadas en la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la sección de Homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros no universitarios.