Articulo 2 bis Organización y atribución de funciones a la inspección de tributos en el ámbito de la competencia del Dpto. de Inspección Financiera y Tributaria
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»Dos bis. Dependencia de Control Tributario y Aduanero.
Vigente
La Dependencia de Control Tributario y Aduanero integrada en la Delegación Central de Grandes Contribuyentes tendrá atribuida las funciones y competencias previstas en la normativa por la que se establece la estructura orgánica de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes y en la presente resolución.
Modificaciones
- Modificación realizada (2 bis (se añade)) por Resolución de 13 de enero de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 24 de marzo de 1992, sobre organización y atribución de funciones a la Inspección de los Tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.
(BOE de 15-01-2021) en vigor desde 16-01-2021 - Texto Original. Publicado el 30-03-1992 en vigor desde 16-01-2021