Articulo 195 Ordenación T... del Suelo

Articulo 195 Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo

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Artículo 195. Parcelación urbanística.

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Se considera parcelación urbanística a efectos de esta Ley toda división simultánea o sucesiva de terrenos en dos o más lotes, en suelo urbano o urbanizable.