Articulo 192 Código de accesibilidad

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Artículo 192. Objeto del distintivo de calidad en accesibilidad

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El distintivo de calidad en accesibilidad es un sistema de reconocimiento de los establecimientos, espacios o municipios, que se otorga cuando las características de los edificios y entornos y de los productos y servicios que ofrecen superan determinadas condiciones de accesibilidad física, sensorial y cognitiva más allá de las que este Código establece como obligatorias, en cada una de las categorías identificadas en el artículo 193, de acuerdo con los requisitos que indica el articulo 194 y las condiciones que se establecen en este capítulo.

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  • Texto Original. Publicado el 30-11-2023 en vigor desde 01-03-2024