Articulo 190 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de orga...ón de la Generalitat
Articulo 190 Medidas fisc...eneralitat

Articulo 190 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat

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Artículo 190

Vigente

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Se modifica el punto siete de la disposición adicional sexta del Decreto ley 1/2022, de 22 de abril, del Consell, de medidas urgentes en respuesta a la emergencia energética y económica originada en la Comunitat Valenciana por la guerra en Ucrania, que queda redactado de la siguiente manera:

Siete. El Consejo de Dirección

1. El Consejo de Dirección es el órgano de asesoramiento y consulta de la Agencia y le corresponden las funciones siguientes:

a) Proponer las líneas de actuación que regirán el funcionamiento ordinario de la agencia, de acuerdo con las directrices de la presidencia.

b) El seguimiento y evaluación de los programas de actuación de la agencia.

c) Proponer las medidas que se estimen necesarias para el mejor cumplimiento de los fines de la agencia.

d) Informar sobre cualquier asunto que, en el ámbito de las competencias de la Agencia, le solicite el Consejo o la Presidencia de la Agencia.

e) Cuántas otras atribuciones le puedan ser conferidas de conformidad con la legislación vigente.

2. Ejercerá la secretaría del consejo de dirección, la Secretaría General Técnica de la Agencia.

3. Reglamentariamente se podrá crear un consejo asesor que asesore al Consejo de Dirección en sus labores.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2022 en vigor desde 01-01-2023