Articulo 19 TR. de las disposiciones del ISD
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»Artículo 19. Determinación de la base imponible.
Vigente
Con carácter general, la base imponible se determinará por la Administración tributaria en régimen de estimación directa, sin más excepciones que las determinadas en esta Ley Foral y en las normas reguladoras de estimación indirecta de bases imponibles.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2002 en vigor desde 31-12-2002