Articulo 19 Sindic de Greuges

Articulo 19 Sindic de Greuges

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 19. Adjuntos sectoriales

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los adjuntos sectoriales asisten al síndic o síndica de greuges en un ámbito material específico y ejercen las funciones que el síndic o síndica les delegue en ese ámbito de actuación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2009 en vigor desde 31-12-2009