Articulo 19 Renta Extremeña Garantizada

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Artículo 19. Recursos.

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Contra las resoluciones administrativas que pongan fin al procedimiento para la concesión de la prestación, así como contra las resoluciones de modificación, suspensión o extinción del derecho se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la consejería competente en materia de la prestación social de Renta Extremeña Garantizada.

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  • Texto Original. Publicado el 26-02-2019 en vigor desde 26-06-2019