Articulo 19 Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional
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»Artículo 19. Naturaleza.
Vigente
1. El Gobierno es el órgano colegiado que dirige la acción política y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2. A tal fin, ejerce la función ejecutiva, la potestad reglamentaria y la iniciativa legislativa de conformidad con la Constitución, el Estatuto de Autonomía y las Leyes.
3. El Gobierno, bajo la dirección de su Presidente, establece la política general y coordina la actividad de la Administración de la Comunidad Autónoma.
4. En el Gobierno ambos sexos estarán representados al menos en un 40%.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley de Cantabria 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
(BOC de 08-03-2019) en vigor desde 09-03-2019