Articulo 19 Del Presidente y del Gobierno
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 19.-Forma de las decisiones del Gobierno.
Vigente
1. Adoptarán la forma de decreto las decisiones del Gobierno que aprueban disposiciones de carácter general y las resoluciones que deben adoptar dicha forma conforme al ordenamiento jurídico. Estos decretos llevarán la firma del Presidente y delVicepresidente o Consejero proponente.
2. Adoptarán la forma de acuerdo del Gobierno las decisiones que no deban adoptar la forma de decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-05-2009 en vigor desde 08-06-2009