Articulo 19 personas y entidades organizadoras tiempo libre educativo para la infancia y la juventud de las Illes Balears
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»Artículo 19 Personas y entidades organizadoras
Vigente
Pueden ser organizadoras de las actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil las personas jurídicas, públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, así como las personas físicas y las entidades sin personalidad con capacidad de obrar, que cumplan los requisitos establecidos reglamentariamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2022 en vigor desde 29-01-2023